el sábado 18 de noviembre fue, como es costumbre, el día del exalumno en el liceo franco costarricense. todo relativamente bien organizado (aunque no fui a la cena porque ir hasta allá 2 veces en un mismo año es sacrílego) aunque faltaron más actividades de entretenimiento (como es posible que no hubiera música por ningún lado) y no vi a ninguno de mis excompañeros.
sin embargo, este post es para quejarme abiertamente con el colegio por olvidarse completamente de una figura que, por sus actos aunque no muy cívicos, marcó un hito en el país y hasta en la corte interamericana de derechos humanos. por ningún lado se mencionó a viviana gallardo, probablemente en su tiempo más famosa que jacques sagot, luis ángel castro y la chavala aquella que canta ópera que solo los que saben saben dónde está hoy en día (todos honorables exalumnos del franco, quienes rara vez lo admiten y sobre los cuales no había ni un pie de página). tristemente, viviana terminó solo como un relleno de suplemento dominguero de la nación.
así, me propongo crear a partir de este blog un sitio en recuerdo de viviana gallardo, quien a mediados de 1981 hiciera historia de la peor manera, pero siendo probablemente la más punk/anarquista de toda una generación de wannabes, al punto de que un comando años después, también famoso por raptar a dos turistas que sufrieron inevitablemente el síndrome de estocolmo, adoptara el nombre de "comando viviana gallardo".
viviana estuvo involucrada en un comando (o grupo terrorista la familia) que, si la memoria no me falla, estuvo a punto de hacer estallar una bomba en la embajada americana en san josé y a raíz de esto hubo un tiroteo y un policía fue asesinado en ese incidente (y los estadounidenses decidieron reubicar su embajada en otro lugar). viviana y dos muchachas más fueron a la cárcel y uno de los amigos del policía asesinado decidió vengar la muerte de su amigo y asesinó a viviana en la cárcel, convirtiéndose este no solo en el primer caso de la corte interamericana de derechos humanos, sino también el caso conocido por los jurisprudentes como "costa rica vs costa rica" para los anales de la historia.
viviana, donde quiera que estés, hiciste historia.
Comments
José
Creo que los actos del grupo no son cívicos o anticívicos, deben ser contextualizados en la época que vivía Costa Rica.
La familia era un grupo como de 10 personas todos muy jóvenes, con ideales. Voy a averiguar más... ah.. se pueden buscar los periódicos de la época.
Recuerdo que mi padre, nos llevó al lugar donde había sidom el enfrentamiento, me acuerdo ver las X con que seguramente marcaban algunas cuestiones de prueba.
Fue para mí realmente emocionante.
Y todavía años después me impresiona el acto heroico de Viviana y sus compas.
PD: anonymous viviana tenia 18 no 19...
ASUNTO VIVIANA GALLARDO Y OTRAS
COSTA RICA
30 de junio de 1983
ANTECEDENTES:
1. En comunicación de 31 de julio de 1981, el Secretario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos informó a la Comisión que el Gobierno de Costa Rica presentó un caso ante la Corte, invocando al artículo 62.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y asimismo remitió la Resolución de esa Corte fechada el 22 de julio de 1981, mediante la cual, entre otros asuntos, se solicita a la Comisión le haga conocer sus puntos de vista sobre la competencia de la Corte para dar trámite a la gestión del Gobierno de Costa Rica con el objeto de que la Corte decida si ha habido o no violación por parte de las autoridades de Costa Rica, de los derechos humanos consagrados en el Pacto de San José, en el caso introducido por la Corte relativo a la muerte de Viviana Gallardo y las heridas sufridas por sus compañeros de celda, por la acción de un miembro de la Guardia Civil mientras se encontraban detenidos en un cuartel de dicha Guardia.
2. Mediante nota del 13 de octubre de 1981, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se dirigió a la Corte, dejando constancia de que no había recibido ninguna comunicación a petición referente al "Caso de Viviana Gallardo y otras", y asimismo, afirmando que es de opinión que en ningún caso que se quiera traer al conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos pueda prescindirse de los procedimientos establecidos en los Artículos 48 a 50 de la Convención y en consecuencia que tales procedimientos deben agotarse antes de que la Corte pueda abocarse al conocimiento del caso.
3. En comunicación de 16 de noviembre de 1981, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos fue informada de la Resolución G1 01/81 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de fecha 13 de noviembre del mismo año, mediante la cual decidió, unánimemente no admitir la demanda introducida por el Gobierno de Costa Rica para examinar el caso denominado "Viviana Gallardo y otras".
Asimismo, la Comisión fue notificada de la Resolución CD R1 4/81 adoptada por la Corte por la cual acordó remitir el asunto planteado al conocimiento de la Comisión, de conformidad con la solicitud subsidiaria del Gobierno de Costa Rica en tal sentido, en el entendimiento de que dicha remisión no implica una decisión de la Corte sobre la Competencia de la Comisión.
4. El 24 de noviembre de 1981, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, envió a la Comisión, las denuncias individuales recibidas en relación con el "Caso de Viviana Gallardo y otras". Igualmente, adjuntó a su nota otros documentos sometidos a la Corte por la señora Vilma Camacho de Gallardo, madre de Viviana Gallardo y un telegrama que enviaron los señores Fernando y Rose Mary de Salazar, padres de una de las compañeras de celda de la señorita Gallardo.
5. En nota del 23 de diciembre de 1981, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se dirigió al Gobierno de Costa Rica, trasmitiendo las partes pertinentes de las comunicaciones individuales señaladas en el numeral anterior, solicitándole toda la información que estimase oportuna en relación con los hechos que dieron origen a la introducción de la instancia ante la Corte, así como las observaciones que considerase apropiadas con respecto a las mencionadas comunicaciones individuales.
6. En esa misma nota la Comisión manifestó al Gobierno de Costa Rica que la solicitud de información no entrañaba una decisión sobre la admisibilidad de la denuncia.
7. El Gobierno de Costa Rica, en nota 820169 del 15 de febrero de 1983, respondió a la Comisión adjuntando a la misma una relación de los hechos que dieron lugar a la introducción de la instancia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la base de la información levantada por funcionarios de la Procuraduría General de la República y remitió, asimismo, el expediente original No. 034-81 de esa Procuraduría.
8. Igualmente, acompañó fotocopia del Requerimiento de Instrucción Formal, presentado por el Agente Cuarto Fiscal de San José en representación del Ministerio Público, organismo dependiente de la Corte Suprema de Justicia, señalando que la causa judicial iniciada contra el autor presunto del homicidio calificado en daño de Viviana Gallardo, de lesiones graves en perjuicio de Alejandra Bonilla y de lesiones leves en daño de Magaly Salazar, se encontraba elevada a juicio, habiéndose señalado el día 2 de marzo de 1982 para la verificación del juicio oral y público, ante el Tribunal Superior Primero Penal de San José.
9. También comunicó el Gobierno de Costa Rica que "en lo atinente al documento suscrito por la madre de Viviana Gallardo, se omite expresar comentario alguno, toda vez que del contexto de la misiva resulta que los supuestos hechos a que se hace referencia, se atribuyen a autoridades o funcionarios encargados de la investigación de los hechos imputados a la señorita Gallardo Camacho y otras, funciones que no están a cargo de las autoridades dependientes del Poder Ejecutivo sino que por ley están atribuídas a la Policía Judicial, organismo perteneciente a la espera de la Corte Suprema de Justicia".
10. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, reunida en su 55o período de sesiones en el mes de marzo de 1982, realizó un estudio de los documentos sometidos a su consideración por el Gobierno de Costa Rica, acordando dirigirse nuevamente a dicho Gobierno solicitando sus observaciones con respecto a las comunicaciones individuales que fueron objeto de la nota del 23 de diciembre de 1981, antes citada.
11. En comunicaciones de 6 de mayo de 1982, el Gobierno de Costa Rica presentó sus observaciones con relación a las comunicaciones sometidas por los señores Fernando y Rose Mary Salazar.
12. El 1o de julio de 1982, la Comisión reiteró al Gobierno de Costa Rica la solicitud de respuesta con relación a las alegaciones presentadas por la señora Vilma de Gallardo, y expresó su deseo, de conocer los resultados del proceso penal seguido en la persona del Cabo José Manuel Bolaños Quesada por los delitos de homicidio calificado y lesiones graves. Asimismo, reiteró al Gobierno de Costa Rica que las solicitudes de información no entrañaban necesariamente una decisión de la Comisión sobre la admisibilidad del asunto.
13. El Gobierno de Costa Rica en nota del 24 de agosto de 1982 dio respuesta a la solicitud de la Comisión, adjuntando dos certificaciones debidamente autenticadas de las sentencias dictadas en la causa contra José Manuel Bolaños por los delitos de homicidio calificado,lesiones graves y lesiones leves en perjuicio de Viviana Gallardo, Alejandra Bonilla Leiva y Magaly Salazar Nasser. También informó que la pena de 18 años de prisión impuesta al señor Bolaños se cumple actualmente en el Centro Regional de Adaptación Social de Pérez Zeledón.
14. Informó, por otra parte, el Gobierno de Costa Rica en la nota señalada en el numeral precedente, de la solicitud formulada por el Gobierno al Director del Organismo de Investigación Judicial, de levantar una investigación sobre posibles torturas infringidas a Viviana Gallardo en los primeros días de su detención, acompañando el resultado de la investigación realizada, de la cual no resulta ninguna lesión de ese tipo. Finalmente el Gobierno presentó sus observaciones con relación a otros aspectos de las comunicaciones individuales que habían sido transmitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
15. La Comisión consideró oportuno dirigirse a la señora Vilma Camacho de Gallardo, madre de la víctima con el fin de conocer sus observaciones sobre la respuesta proporcionada por el Gobierno de Costa Rica. En tal sentido por nota de 13 de septiembre de 1982 solicitó a la señora Gallardo tales informaciones.
16. En carta recibida por la Comisión el 29 de noviembre de 1982 la señora Gallardo respondió a la Comisión, formulando sus observaciones a la respuesta gubernamental, sin presentar nuevos hechos que desvirtúen las informaciones suministradas por el Gobierno de Costa Rica.
CONSIDERANDO:
1. Que el Artículo 48, numeral 1, incico c) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo al procedimiento establecido para el trámite de las comunicaciones individuales señala que la Comisión podrá declarar la inadmisibilidad de la improcedencia de la petición o comunicación, sobre la base de una información o prueba sobreviniente;
2. Que el Artículo 32, incisos b) y c) del Reglamento de la Comisión señalan que es necesario decidir como cuestión preliminar acerca de otras materias relacionadas con la admisibilidad de la petición o su improcedencia manifiesta, que resulten del expediente o que hayan sido planteadas por las partes y si existen o subsisten los motivos de la petición, ordenando en caso contrario, archivar el expediente;
3. Que de las informaciones sobrevinientes recibidas por la Comisión, en especial de las respuestas sometidas a su consideración por el Gobierno de Costa Rica; del estudio efectuado del Expediente No. 034-81 de la Procuraduría General de la Nación; del requerimiento de instrucción formal presentado por el Agente Fiscal de San José; de las sentencias dictadas en la causa contra José Manuel Bolaños por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves en perjuicio de Viviana Gallardo, Alejandra Bonilla Leiva y Magaly Salazar Nasser; y de la investigación adelantada por el Director del Organismo de Investigación Judicial, se desprende que el Gobierno de Costa Rica ha actuado de conformidad con las disposiciones legales vigentes, sancionando con todo el rigor de la ley al responsable de los actos denunciados;
4. Que por lo anterior resulta manifiesta la improcedencia de la petición formulada, no subsistiendo los motivos que originaron su introducción, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 48, numeral 1, inciso c) del Pacto de San José y de los artículos 32 b) y c) del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos;
5) Que el Sistema Institucional de Protección de los Derechos Humanos establecido en la Convención para el trámite de peticiones o comunicaciones, dentro de las limitaciones fijadas en ella, y al cual los Estados Partes se han obligado voluntariamente a observar, opera salvo las excepciones consagradas en la propia Convención, en defecto del sistema jurídico interno, conforme a los principios del Derecho Internacional generalmente reconocidos.
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
RESUELVE:
1. Declarar inadmisible la petición objeto del presente asunto de conformidad con el Artículo 48, numeral 1, inciso c) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
2. Comunicar esta Resolución al Gobierno de Costa Rica y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
3. Archivar este asunto de acuerdo con lo establecido en el Artículo 32 (c) del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
4. Incluir la presente Resolución en su Informe Anual a la Asamblea General de conformidad con el Artículo 59 inciso g) del Reglamento de la Comisión.
Nota: El doctor Luis Demetrio Tinoco Castro, Miembro de la Comisión se declaró impedido para conocer del presente asunto.
Catalina
yac
con todas las mierdas que pasan en este país, que dicha que los asesinos disfrazados con ideologías no son de las cosas que nos preocupan! qué grande la CR de esa época que no se dejó amedrentar!
Viviana: CR (menos unos pocos dizque comunistas resentidos sociales) te recuerda como la asesina que eras!! descansá en paz!!!!
basta de tonterías si no les gusta la clase dirigente, trabajen construyan un paritod alternativopero no busquen salidas "alternativas". Costa Rica tiene una democracia y en democracia se buscan votos.
Viviana Gallardo no es una martir. Fue una terroristaque mató un policia que perdió la cabeza.
REPITO:Costa Rica tiene una democracia, la alternativa a sus actuales dirigentes son otros dirigentes que sean elegidos en libertad y por medio de votaciones.
Tengo 51 años. En 1981 tenía 21 años. Trabajaba para Radio Columbia como estudiante-practicante de periodismo, y vivía a tan solo 150 metros del lugar donde asesinaron a los policías, detrás de Industrias El Gallito (hoy Hipermás o Wall-Mart, como quieran).
Dadas las circunstancias, y teniendo la "fiebre" del periodismo, llegué al lugar donde hubo los disparos. Al llegar, las ambulancias aun no habían llegado y hallé una patrulla que estaba llena de huecos (como un colador) con dos policías baleados, muertos. A unos cuantos metros yacía el cuerpo de un tercer policía. Su cadáver parecía más un rollo de carne que un cuerpo humano... Recogí algunas declaraciones de vecinos sobre los hechos observados que a continuación resumo: vieron un auto sospechoso que estaba parqueado; al rato llegó una patrulla. Uno de los oficiales se bajó y les pidió las cédulas de sus ocupantes; luego el oficial se fue a la parte delantera del auto para corroborar la placa del carro; en ese momento del auto salieron dos individuos y dispararon a quemarropa a los dos policías de la patrulla, mientras que una mujer conductora del vehículo sospechoso atropellaba al tercer oficial. Según estos relatos, los desconocidos volvieron a montarse en el carro y fue entonces cuando el policía atropellado trató de incorporarse pero, ahí mismo, el carro volvió a atropellar al policía, luego echó marcha atrás y le pasó por encima, y volvió a dar marcha adelante para pasarle encima por tercera ocasión.
Tras recoger estas declaraciones, corrí como loco a la casa, tomé el teléfono, llamé a la emisora y le conté al operador de cabina lo que acababa de ocurrir. Llamaron a uno de los jefes de información del radionoticiero y me dieron permiso para transmitir en vivo desde el teléfono de mi casa mientras llegaban los periodistas de la sección de Sucesos. Luego volví al lugar y aquello estaba lleno de patrullas, ambulancias, curiosos y también otros reporteros. Eso ocurrió la noche del 12 de junio de 1981 (hace 30 años).
Después, yo tuve muchísimo interés en el caso y le di seguimiento. Comencé mis propias pesquisas que me llevaron varios años. Las autoridades estuvieron muy cerradas en dar más detalles de los que ya habían dado a la prensa. Sin embargo, los conseguí... Aquí les cuento algunos de ellos.
La balacera y muerte de los policías, el arresto de los sospechosos y los días siguientes con otras capturas, decomisos y allanamientos realizados por Seguridad Nacional (conocida hoy como Dirección de Inteligencia y Seguridad, DIS) y el OIJ llevaron a la desarticulación del grupo "La Familia". Entre la documentación decomisada había planos del atentado frente al antiguo edificio de la embajada gringa en San José (hoy es el Ministerio de Educación, frente a las paradas de Guadalupe), acción a la cual "La Familia" bautizó como "Operación Vieja". En este golpe no hubo muertos ni heridos, solo el estallido de la bomba casera quede habían aprendido a fabricar en El Salvador. Ese atentado fue tan solo una práctica a fin de medir su capacidad de construir, instalar y accionar un explosivo sin ser descubiertos en un área de alta seguridad como se suponía que era frente a la embajada gringa.
Luego a ese hecho, "La Familia" se atrevió ir más allá. El objetivo era un vehículo de la embajada gringa que transportaba a "marines". El explosivo fue colocado debajo del vehículo tipo "van" y el artefacto estalló a tan solo 50 metros del Centro Cultural Norteamericano, en Barrio Dent. A este segundo golpe militar, "La Familia" lo llamó "Operación Águila". En este atentado hubo 7 "marines" heridos, dos de ellos graves, y ocurrió el 17 de marzo de 1981.
Sigue…
Esto nos deja una gran leccion de vida, una triste leccion que se debe recordar por la enseñanza que deja detras.
Una jovencita con ideales y deseos de justicia que enfoco muy mal. Creyó que la bùsqueda de sus ideales debia de ser a través de la violencia, el anarquismo y con esto tarde o temprano derrocarian a sus enemigos imperialistas. Esos ideales que creian en esos años todos los muchachos que veian a Che y su revolucion como un heroe.
Viviana se equivoco lamentablemente, hoy esta muerta y su familia sufre aun su perdida. Los ideales por lo que murio no fueron alcanzados nunca porque escogio el camino incorrecto para perseguirlos y porque se asocio con gente de mal haber.
Como me deja pensando en mis hijos y sus hijos. Lleno de ilusiones, llenos de sueños de justicia, con ansias de completar sueños. Ayudemosles para que busquen con afan sus sueños pero no atraves del mal, malas compañias y menos quebrando la ley de los hombres y la ley de DIOS.
TELEGRAMA - URGENTE
2 JULIO 81 1:05
SEÑORES CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
SAN PEDRO LOS YOSES
SEÑORES MIEMBROS DE LOS DERECHOS HUMANOS:
COMO PADRES DE MAGALY SALAZAR NASSAR, PERO SOBRE TODO COMO SERES HUMANOS, VIVIENDO EN UN ESTADO DE DERECHO, LES SOLICITAMOS UNA INVESTIGACIÓN A FONDO DE LOS SIGUIENTES PUNTOS: 1. ¿POR QUÉ USTEDES NO HAN INTERVENIDO EN EL CASO DEL TRATAMIENTO A LOS GUERRILLEROS? 2- DESPUÉS DE VER LA FOTO, EN LA PRENSA LIBRE DE HOY EL TIPO DE CELDA DE 1 METRO DE ANCHO POR 2.50 DE LARGO EN DONDE ASESINARON A VIVIANA GALLARDO E HIRIERON A ALEJANDRA BONILLA LEIVA Y SALIÓ HERIDA NUESTRA HIJA: MAGALY CON SIETE MESES Y MEDIO DE EMBARAZO, ¿POR QUÉ NO SE RESPETARON LAS MÁS ELEMENTALES NORMAS DE SERES HUMANOS? ¿CÓMO TRES MUJERES, UNA EMBARAZADA, METERLAS EN SEMEJANTE CELDA DE 1 METRO POR 2.50 METROS? 3- DICE EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA QUE SE ACONDICIONÓ LA CELDA, ¿Y LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, ¿QUÉ? 4- CUANDO USTEDES INTERVENGAN Y PONGAN SU BUENA VOLUNTAD ES MUY POSIBLE QUE SÍ ESTEMOS EN UN RÉGIMEN DE DERECHO.
ATENTAMENTE,
FERNANDO Y ROSE MARY DE SALAZAR
CURRIDABAT
San José, 10 de julio de 1981
Señores
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Apartado 6906
1000 San José
Estimados señores:
Respetuosamente presento a ustedes copia textual del mensaje que en días pasados envié a la opinión pública, sobre la forma que en nuestro país, se utiliza para obtener la confesión por parte de un detenido.
También acompaño a la misma, fotocopia del reportaje de la periodista Norma Loaiza, que se refiere a las condiciones infrahumanas del lugar en el que fue recluida, y posteriormente asesinada, mi hija Viviana Gallardo Camacho.
Considero que los hechos allí enumerados deben ser conocidos y sometidos al estudio de esa Honorable Corte, pues, en mi criterio, hubo violación de los Derechos Humanos.
En espera de que mi solicitud sea estudiada por ustedes, aprovecho la ocasión para suscribirme, muy atentamente,
/f/Vilma Camacho de Gallardo
Mi hija ha desaparecido físicamente, aunque su esencia y el suave perfume de su dulzura y juventud, permanecen conmigo. Hoy, en su memoria y en procura de que en otros seres humanos, no se repitan hechos tan bochornosos, quiero hacer del conocimiento público lo que mi hija, a través de las visitas diarias que le hice, me confiara, con el ruego de que no lo hiciera saber a nadie, sobre la forma en que, durante la fatídica noche del 12 de junio, quisieron arrancarle una confesión.
Ella me dijo que posteriormente, en el momento oportuno, hablaría sobre este asunto. Hoy creo que debo ocupar su lugar, y herida hasta lo más profundo de mi alma, reproduzco ante ustedes, casi con las mismas palabras que ella me lo confió, el tratamiento a que fue sometida por un alto funcionario cuyo nombre no podré revelar, pues lo ignoro, pero creo que debe esclarecerse por el Gobierno de la República y la Corte Interamericana
"Mami, -me dijo- Costa Rica no se queda atrás del tratamiento brutal que tanto criticamos a otros países. El día de mi detención me ataron las manos hacia atrás y luego me golpearon salvajemente los senos, el estómago y el pubis. Si usted, mami, observa la foto que tanto han explotado los medios de comunicación, creo que verá en ella espanto y dolor, que fue lo que experimenté esa noche. No temo a los muertos -me dijo- pero esa madrugada me mantuvieron más de dos horas en la Morgue Judicial, rodeada de los cadáveres de aquellos cuya muerte me enrostraban; el cuadro era doloroso y macabro, por lo menos para mí, que, como vos sabés, mami, tengo una excesiva sensibilidad; pero logré contener mi llanto. No contentos con todo esto, un alto funcionario me dijo: "métase en ese baño y se desnuda, porque como usted no hable, voy a traer un fotógrafo y mañana, esa foto aparecerá en toda la prensa con una nota al pie, en la que yo diré que usted me hizo proposiciones deshonestas". Mi hija le dijo: "estoy en sus manos, traiga al fotógrafo, pero no soy yo quien va a desnudarse, desnúdeme usted, yo no me quitaré la ropa." Mami, yo pensé que aquel bruto (me perdonan la expresión, pero fue usada textualmente por ella) quizá tendría una hija y por supuesto, tiene o tuvo alguna vez una madre, y alguno de estos sentimientos podría hacerlo desistir. Hoy creo que no fue ninguna de estas razones, lo cierto es que el hombre no lo hizo, en realidad no se atrevió; pero con sinceridad te digo, mami, ni él ni nadie, cometió ningún otro abuso contra mí." Hasta aquí lo que Viviana me confió.
No hubiera querido hacer público esto tan doloroso, pues me lacera, me maltrata profundamente, pero siento ahora que debo hacerlo, que es mi deber como madre y como ciudadana y que, a costa de todo, debo cumplirlo. Como dije antes, mi hija ha desaparecido pero quedamos todos los demás expuestos a sufrir el terror de la investigación.
Después de todo lo expuesto, quiero que se atienda muy bien a esta otra parte, que quiero destacar como corresponde: no podré mencionar jamás el nombre del alto funcionario -como lo señaló mi hija- porque ella no me lo reveló, pero, según me dijo, la mayoría de los muchachos del cuerpo de investigadores se portó normalmente con ella, y para ellos reservo por siempre un cariñoso recuerdo...
Para terminar, rechazo enfáticamente los cargos que se han lanzado contra mi hija sin que un Tribunal lo declarara en sentencia, pues hay un sabio principio de Derecho que dice "se es inocente mientras no se compruebe lo contrario";¡Piedad ante el dolor humano! ¡Muchas gracias!
NOTA: SOLO CONTACTARÉ SI EL PROYECTO A REALIZAR ES SERIO.
Muchas gracias!
Se despide, Krystel Aguero V.
Correo: f2violentlyhappy@hotmail.com